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Evidencian hacinamiento, discriminación y violaciones a derechos humanos en cárceles femeniles

Escrito por REDACCIÓN AZ NOTICIAS on . Posted in Nayarit

Fueron 17 los municipios que recibieron recomendaciones de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Nayarit, por haberse acreditado que los servidores públicos encargados de la administración, vigilancia y custodia de las cárceles de estos municipios han incurrido en actos violatorios de derechos humanos


De acuerdo con el Ombudsman de Nayarit, Huicot Rivas Álvarez, es grave la situación de las mujeres que se encuentran privadas de libertad en las cárceles de Acaponeta, El Nayar, San Blas, Tuxpan, Ruiz, Huajicori, Compostela, Ahuacatlán, La Yesca, Ixtlán del Río, Jala, Santa María del Oro, Rosamorada, Bahía de Banderas, Santiago Ixcuintla, San Pedro Lagunillas y Tecuala. 

Rivas Álvarez, dejó asentado en su resolución que además de la existencia de sobrepoblación, la vigilancia es poca e inadecuada, hay nula clasificación, entre otras violaciones. 

Durante sus procesos penales, las internas son sometidas a permanecer sólo en su dormitorio, es decir, pueden estar en ese espacio hasta por meses, sin salir a un área de patio o tener acceso a otras instalaciones.

Dicha situación se distingue en discriminación, al reducir o limitar las condiciones físicas en las que viven, en distinción a las que gozan los varones recluidos, quienes por lo menos, tiene acceso a un patio general durante casi todo el día; de igual manera estas deficiencias se traducen en una pena inhumana y degradante que viola los derechos de las mujeres en reclusión.

Es decir, las internas no se ubican en instalaciones optimas o aceptables; el encierro representa una calidad de vida impuesta, por lo que en éste caso, se debería de contar, por lo menos, con el espacio vital mínimo asegurado, preservar algo de intimidad, y por supuesto generar mejores condiciones de habitabilidad.

Este confinamiento viola los derechos contenidos en los artículos Es claro pues, que a las mujeres, se les deja de respetar los derechos contenidos en los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.

Las internas se encuentran en un espacio en donde no pueden satisfacer de forma adecuada sus requerimientos de higiene, superficie mínima, iluminación y ventilación, así como sus necesidades naturales en el momento oportuno, aseada y decente; aunado a no proporcionárseles colchonetas y ropa de cama que les permita tener un espacio de descanso limpio.  

La misma resolución precisa que el área femenil de las cárceles municipales es en realidad un espacio de simple contención, donde se carece de las condiciones necesarias para preservar o buscar el desarrollo positivo de las internas; no se trata sólo del espacio físico disponible, sino de que éstas puedan tener las condiciones necesarias que favorezcan el desarrollo de actividades físicas, laborales e intelectuales. (Con información de El Sol de Nayarit) 

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