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Existen altos costos y burocracia para morir en Jalisco

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La reglamentación en la entidad señala que una vez que una persona muere se debe de emitir un certificado de defunción, este documento brinda la información y las causas de la muerte, lo debe emitir un médico acreditado

En Jalisco en 2015 se registraron 43 mil 141 defunciones, según datos del INEGI, de los cuales 23 mil 951 fueron hombres y 19 mil 179 mujeres, quedando 11 sin especificar su sexo. En ese mismo periodo en Guadalajara hubo 11 mil 115 decesos, 5 mil 862 hombres, 5 mil 289 mujeres y cuatro casos donde no se especifica el sexo. Cada muerte ocurrió en condiciones distintas, pero todas tienen en común la extensa tramitología que queda a los familiares para sepultar o cremar el cuerpo de los difuntos.

La reglamentación en la entidad señala que una vez que una persona muere se debe de emitir un certificado de defunción, este documento brinda la información y las causas de la muerte, lo debe emitir un médico acreditado.

Existen dos tipos de fallecimientos, la de tipo natural que es a consecuencia de una enfermedad o por edad, que puede ocurrir en un domicilio particular o en una institución de salud pública o privada. Y la médico legal que ocurre por un factor externo como un asesinato o un accidente, se considera también una muerte legal el caso de un herido por accidente o violencia que tuvo su deceso en un hospital o clínica.

Ya con el acta de defunción los deudos pueden iniciar el proceso de reclamación del cuerpo, que también por ley sólo será entregado a servicios funerarios que lo retirarán dentro de un féretro para que sea trasladado a una capilla para su velorio, sala de cremación o directamente al panteón donde será sepultado.

También por ley la cremación sólo se permite a personas que tuvieron una muerte natural, en caso de una muerte legal la única opción en la inhumación debido a que el cuerpo se considera parte de la investigación por parte de las autoridades judiciales y puede ocurrir el caso que sea necesario su exhumación posterior para algún trámite de la investigación.

Y justo es en ese paso donde comienzan las complicaciones burocráticas, pues es necesario tramitar ante el Registro Civil una acta que certifica su muerte administrativa y que significa el alta para que sea inhumado o cremado, sin este documento no se podrá acceder a ningún servicio.

Si se opta por un sepelio en un panteón y de acuerdo al Reglamento de Panteones para el Municipio de Guadalajara será necesario contar con un título de propiedad vigente y no tener adeudos o hacer el pago de un contrato de “Uso a temporalidad” que consiste en la renta de un espacio dentro del panteón. Los servicios son de 9 de la mañana a las 17:00 horas, el costo por las labores de apertura del mausoleo o cripta tienen un costo extra. En el caso de cremación el familiar decidirá donde contratar el servicio, el ayuntamiento de Guadalajara tiene un horno y según datos de en línea tiene el costo de 1092 pesos por servicio.

En cuanto los costos de un servicio funerario el Instituto de Asistencia Social de Jalisco ofrece paquetes desde los tres mil 100 pesos y aumentan su precio dependiendo de la calidad del féretro o si realiza cremación. Funerarias particulares en promedio ofertan paquetes desde los ocho mil pesos, aunque puede haber servicios de más de 50 mil pesos. A estos costos hay que aumentar el recinto donde se pondrá el cuerpo ya sea en féretro o en urna. (Con información de El Informador)

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