Semarnat impugna resolución que otorgaría fuero ambiental a megaproyecto turístico en Puerto Vallarta
El desarrollo inmobiliario “Harbor 2”, que contempla seis torres y cerca de mil departamentos en la zona costera de Las Glorias, carece de autorización ambiental y enfrenta una nueva revisión judicial.

Por Osvaldo Granados
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) interpuso un recurso de revisión ante el Poder Judicial de la Federación contra la resolución que permite continuar el desarrollo del megaproyecto turístico “Harbor 2” sin haber sido sometido a evaluación de impacto ambiental, lo que —según la dependencia— podría significar un precedente de impunidad ambiental en el país.
La resolución impugnada fue emitida por la Segunda Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y exime al proyecto de la obligación de contar con la autorización ambiental federal, pese a estar ubicado en una zona costera y marina con ecosistemas sensibles.
De confirmarse la sentencia, “Harbor 2” se convertiría en un caso excepcional en México, al poder construirse y operar sin supervisión ambiental ni posibilidad de ser inspeccionado por las autoridades federales, lo que la Semarnat calificó como “un fuero de impunidad ambiental” contrario al principio de legalidad y al derecho humano a un medio ambiente sano.
UN PROYECTO DE ALTO IMPACTO EN LA ZONA COSTERA
El desarrollo turístico “Harbor 2” contempla la construcción de seis torres de 25 niveles con alrededor de mil departamentos, estacionamiento subterráneo y zonas comerciales sobre un terreno de 18 mil metros cuadrados ubicado en Las Glorias, una de las zonas con mayor presión inmobiliaria en Puerto Vallarta.
De acuerdo con la Semarnat, se trata de un ecosistema marino-costero de alta relevancia ambiental y social, donde se requiere una evaluación de impacto ambiental federal debido a la cercanía con humedales, playas y cuerpos de agua.
La dependencia señaló que el tribunal administrativo invalidó los procedimientos de evaluación y limitó su derecho de audiencia, al impedirle presentar alegatos en dos ocasiones, lo que vulneró el debido proceso.
RIESGO DE PRECEDENTE NACIONAL
En su impugnación, la Semarnat argumenta que una resolución de este tipo debilitaría los principios de prevención, equidad intergeneracional y sustentabilidad, pilares de la política ambiental nacional, y abriría la puerta a que otros desarrollos turísticos intenten evadir la legislación ambiental mediante mecanismos administrativos irregulares.
Por ello, la Secretaría solicitó al Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México que revoque la sentencia y restituya la aplicación plena de la ley, evitando que se genere un precedente que genere impunidad o un “fraude procesal” en materia ambiental.
Finalmente, la Semarnat reafirmó su compromiso con la legalidad, la transparencia y la protección de los ecosistemas costeros, así como con el derecho de la sociedad a un medio ambiente sano.
