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Dan a conocer fechas y procesos para entrega-recepción del Seapal

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La Paraestatal tiene 72 horas para dar respuesta congruente a los oficios que le envíe el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminara que la paraestatal debe de municipalizarse

Por José Guadalupe García

El Sistema de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (Seapal) tiene 72 horas para dar respuesta congruente a los oficios que le envíe el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminara que la paraestatal debe de municipalizarse, por lo que además deberá cumplir con varios procesos.

Así lo informó en conferencia de prensa el alcalde vallartense Arturo Dávalos Peña, al reiterar además que la resolución de la SCJN resultó fundada por la invasión de la competencia del servicio público en virtud de la omisión del Ejecutivo del Estado a favor de la entrega o transferencia a favor del municipio.  Lo anterior, debido a la violación del principio de legalidad al contrariar la reforma constitucional del 1999 del artículo 115 de la constitución federal.

El Seapal Vallarta está obligado a presentar el programa que regirá  la transferencia del servicio público del agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales; toda vez que a la fecha ha concluido el plazo máximo que la normatividad le concedió el  efecto.

Cabe destacar que dicho programa deberá  componer los recursos humanos  y materiales que lo componen y que resulta ser necesarios para la efectiva correcta y continua prestación.

Asimismo, El Gobierno del Estado deberá garantizar  la continuidad de la  prestación del servicio durante el lapso que dure la transferencia, sin prejuicio de que el municipio ejerza sus facultades reglamentarias según la normatividad y la jurisprudencia al respecto. Por lo que legalmente materializada la transferencia, el municipio asumirá sus competencias y funciones constitucionales.

Por su parte el Gobierno del estado debe de presentar el programa que regirá la transferencia del servicio, luego de que haya concluido el plazo máximo de la normatividad que se le concedió. Debe garantizar el servicio a la población durante el tiempo en el que se lleve a cabo la entrega recepción.

Mientras que el Ayuntamiento de Puerto Vallarta debe crear los reglamentos para el funcionamiento y operación del Seapal, Debe nombrar peritos financieros a probados por el Consejo de Federal. Debe nombrar peritos especializados para auditar contratos, obra y deuda pública. Tendrá que revisar a detalle los muebles, inmuebles que componen a  organismo. Deberá hacer una revisión del recurso humano para la operación.